👉El pedido de inconstitucionalidad fue encabezado por la ex senadora nacional de San Luis Liliana Negre de Alonso y el fallo a favor fue firmado por María Eugenia Bona, titular del juzgado laboral N° 2.
👌El fallo judicial establece “la plena vigencia del art. 19 del Código Civil y Comercial”, que estipula que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”, y “conforme principio iuria curia novit”. Desde allí, establece “la inconstitucionalidad y la inconvencionalidad de los artículos 4 apartado 1, y art. 2 apartado a, b y c de la Ley 27.610”.
EL ABORTO NO ES DERECHO.
SI A LA VIDA 💙